Ahora que se aprobó la ley penal de accidentes viales, y sujetos imprudentes van a ir a resocializar sus ineptitudes a nuestras cárceles aptas para ello (ya que de ningún modo son sólo para castigos), les dejo un fallo de interés relacionado al tema, de un país vecino. FELIZ NAVIDAD!!!!
ACCIDENTES DE TRÁNSITO. EBRIEDAD. EXCESO DE VELOCIDAD. DOLO EVENTUAL. CULPA CON REPRESENTACIÓN (DISIDENCIA)
Extranjero \ Colombia \ Corte Suprema de Justicia
Fecha resolución: 19 – Dic – 2016

http://www.pensamientopenal.com.ar/system/files/2016/12/fallos44607.pdf