“Lo glosado demuestra de manera fehaciente que el acusado ha sido puesto en un notorio estado de indefensión que le impidió ejercitar válidamente su defensa, principalmente en la instancia de Casación, porque su abogado no pudo delinear una verdadera estrategia para contrarrestar la tesis incriminante, teniendo en cuenta las especiales características que circundaban el caso.”
INDEFENSIÓN. DEBER DE PARCIALIDAD DEL DEFENSOR CON SU REPRESENTADO
Local \ Entre Rios \ Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos
Fecha resolución: 05 – Mayo – 2020
http://www.pensamientopenal.com.ar/system/files/2020/05/fallos48834.pdf