Chaco: Juzgado de Ejecución Penal de Roque Sáenz Peña, 12 – Mayo – 2020.
Comparto fallo donde un juez de ejecución concede salidas transitorias a un interno, aún, cuando no llegó al período de prueba. Ello, por lo corto de la pena y porque fue el Penal quien omitió comenzar en tiempo oportuno el tratamiento de ejecución penal, omisión que de ningún modo admite la judicatura endosar al condenado, ya que de hacerlo, prácticamente, anula todos sus derechos durante su privación de libertad. Lo anecdótico es que para llegar a tal resolución, el Juez anula el Dictamen del Consejo Correccional.
http://www.pensamientopenal.com.ar/system/files/2020/05/fallos48870.pdf